lunes, 12 de septiembre de 2011


A partir de la Decisión 321 el Perú suscribió con Colombia un Acuerdo Bilateral Comercial negociandose 186 subpartidas NANDINA, estando exoneradas del 100% Ad/Valorem CIF y de los Derechos Específicos Variables y pagando el IGV, IPM e ISC según corresponda; siendo exigible la presentación del Certificado de Origen.
ACUERDO COMERCIAL PERU COLOMBIA DE 23.1O.93
APROBADO : D.S. O25-92-ICTI
CONTIENE 7 CAPITULOS, 15 ARTICULOS Y 3 ANEXOS
SE NEGOCIARON ALREDEDOR DE 186 SUBPARTIDAS NANDINA
MODIFICACIONES: 1º AMPLIACION D.S. O19-93-ITINCI;
R.M. 1O6-93-ITINCI/DM
ADDENDUM D.S. O23-93-ITINCI,
2º AMPLIACION D.S. O2-95-ITINCI;
R.M. O11-95-ITINCI/DM
OBJETIVO
- Contribuir a promover desarrollo comercial equilibrado y armónico en condiciones de equidad
PREFERENCIAS ARANCELARIAS
- Eliminar gravámenes y restricciones a productos incluídos:
ANEXO I .- Preferencias otorgadas a Perú
ANEXO II.- Preferencias otorgadas a Colombia
- Existen productos a los cuales se les asignó la letra (R) significa reciprocidad, preferencia válida para los dos países
NORMAS DE ORIGEN
Los productos negociados en los Anexos I y II se sujetan a las Normas de Origen establecidas en el Anexo III
CLAUSULA DE SALVAGUARDIA
  • Consultas Comisión Administradora
NORMAS DE COMPETENCIA
- Rechazan toda práctica desleal de Comercio Internacional
- No otorgar subsididos a las exportaciones amparadas en el Acuerdo
- De presentarse prácticas desleales podrán aplicar legislación nacional: antidumping, restricciones a las exportaciones y otras prácticas restrictivas del libre comercio
ADMINISTRACION DEL ACUERDO
- Constituyen Comisión Administradora Binacional:
Velar por el cumplimiento y aplicación del Acuerdo
Presentar informes cuatrimestral que permita evaluar su aprovechamiento
Proponer y adoptar medidas para su ampliación y optimizar su aplicación en forma mutua, etc
VIGENCIA
Hasta 31.12.93 prorrogado por Decisiones 347, 353, 377 y 387.
ZONA DE LIBRE COMERCIO
A raíz de la Decisión 353, se aprobó la prorroga de los Acuerdos Bilaterales Comerciales y la reincorporación gradual del nuestro país al Acuerdo de Cartagena habiendo pasado a la Zona de Libre Comercio Andino alrededor de 2,104 Subpartidas NANDINA, aplicable dicho tratamiento para importaciones originarias y procedentes de Colombia, Ecuador y Venezuela, exonerándose del 100% Ad/Valorem CIF y en cuanto a los otros derechos se cancelarán según corresponda a lo establecido en sus normas legales.
PERFECCIONAMIENTO DE LA INTEGRACION ANDINA
El perfeccionamiento de la integración andina significó principalmente la aprobación de un nuevo texto codificado del Acuerdo de Integración Subregional Andino ( Acuerdo de Cartagena) mediante la decisión 406, así como la aprobación de la Decisión 414 que establece el comercio entre el Perú y
los demás países miembros de todos los productos del universo arancelario.

miércoles, 7 de septiembre de 2011



El Tratado de Libre Comercio, (TLC), entre Colombia y Estados Unidos es una propuesta para impulsar el comercio binacional, en el marco de los Tratados de libre comercio en América Latina y el Caribe. El tratado no está en funcionamiento, se encuentra aprobado por el Congreso de Colombia, pero no así por el Congreso de los Estados Unidos, donde su decisión ha sido aplazada. El tratado abarca cuestiones políticas, económicas, institucionales, laborales, ambientales, de propiedad intelectual, entre otras.




Su nombre oficial en español es Acuerdo de Promoción Comercial entre Estados Unidos yColombia, y en inglés Colombia Trade Promotion Agreement (TPA).



Desde abril de 2008 la votación para su aprobación quedó aplazada después de que el presidente George Bush enviara el tratado de manera intempestiva para su aprobación, lo que fue considerado como una presión indebida por parte del Partido Demócrata en cabeza de la presidenta de la Cámara Nancy Pelosi.
Durante la campaña presidencial del 2008 en Estados Unidos el tema del tratado salió a relucir en algunas ocasiones. El entonces candidato por el Partido Republicano de los Estados Unidos John McCain manifestó en un debate televisado su respaldo, mientras el entonces candidato por el Partido Demócrata de los Estados Unidos el Presidente Barack Obama manifestó que no le parece conveniente mientras en Colombia persistan las violaciones a los derechos humanos de los sindicalistas. Sin embargo, es factible que la opinión demócrata refleje una posición política de oposición a la iniciativa por considerarse de origen republicano, más que un sentimiento real de inconveniencia del tratado. El 21 de octubre de 2008, el Asesor para Asuntos Hemisféricos de la campaña demócrata, Dan Restrepo, manifestó que Obama comprende la importancia de Colombia para Estados Unidos y que eventualmente podría reevaluar la conveniencia del tratado


Colombia – Costa Rica
los países del Mercado Común Centroamericano (MCCA) existen desde 1984 acuerdos de alcance parcial suscritos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi), sin reciprocidad para Colombia y que cubren un grupo muy limitado de productos.
No obstante, hasta ahora, estos Acuerdos han tenido poco impacto en el intercambio comercial.  AcuerdoN7.
Colombia otorgó a Costa Rica preferencias arancelarias sin reciprocidad para 68 subpartidas Nandinas, preferencias que no han sido ampliamente utilizadas.   Preferencias
Colombia – Cuba
En el mes de julio de 1999, Cuba suscribió los Protocolos adicionales para la PAR (Preferencia Arancelaria Regional) y la NAM (Nómina de Apertura a Mercados). En el mes de agosto de 1999, Cuba protocolizó su adhesión plena a la ALADI, asumiendo los deberes y derechos a que ello conlleva.
En ese mismo mes de agosto, Cuba aprobó administrativamente la PAR y en enero del 2000 mediante Resolución Conjunta Nº 8-2000 emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios y Ministerio del Comercio Exterior, puso en vigencia la PAR en su territorio al igual que su lista de excepciones de 959 items.

Como objeto de la política de la PAR, los dos países se otorgan mutuamente el 20% de rebaja arancelaria en sus productos no exceptuados de parte y parte, una vez puestos en vigencia en sus territorios el Protocolo Nº 3 al Acuerdo Nº 4 de la PAR .
Por su parte, Colombia mediante el Decreto Nº 2114 expedido el 29 de octubre de 1999 y publicado para su vigencia en el Diario Oficial Nº 43773 del 8 de noviembre de 1999, modificó el Decreto 1011 de 1995 y dio cumplimiento a los compromisos contraídos en el marco de la ALADI, en desarrollo del Protocolo Nº 3 al Acuerdo Regional Nº 4 en el cual se convino la adhesión de la República de Cuba al Acuerdo de la Preferencia Arancelaria Regional y la incorporación de su lista de excepciones a dicha preferencia.
El 15 de septiembre de 2000, Colombia y Cuba suscribieron el Acuerdo de Complementación Económica Nº 49 remplazando al (AAP Nº 33 suscrito por estas naciones en julio de 1994.) El nuevo acuerdo contiene la Normativa de Origen Anexo III, Anexo I y II que recogen las reducciones arancelarias negociadas en el AAP Nº 33. Adicionalmente, se suscribió el 29 de marzo de 2001 un Acta de Rectificación al AAP de CE Nº 49 y también se suscribió el 11 de octubre de 2002 un Primer Protocolo Adicional al ACE 49. En Colombia el Acuerdo está vigente con el Decreto 580 de marzo 13 de 2003

Como resultado de este acuerdo, las partes se otorgan preferencias arancelarias en promedio de un 50%. Por su parte Colombia concede preferencias en 625 subpartidas y Cuba en 996, en nomenclatura NANDINA.

Colombia – Costa Rica
los países del Mercado Común Centroamericano (MCCA) existen desde 1984 acuerdos de alcance parcial suscritos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi), sin reciprocidad para Colombia y que cubren un grupo muy limitado de productos.
No obstante, hasta ahora, estos Acuerdos han tenido poco impacto en el intercambio comercial.  AcuerdoN7.
Colombia otorgó a Costa Rica preferencias arancelarias sin reciprocidad para 68 subpartidas Nandinas, preferencias que no han sido ampliamente utilizadas.   Preferencias

Estado De Los Acuerdos Comerciales Suscritos Por Colombia A  2008



Las condiciones actuales de acceso preferencial al mercado de CARICOM están enmarcadas en el AAP Nº 31 sobre Comercio y Cooperación Económica y Técnica suscrito en el marco del Artículo 25 de la ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración), el cual se firmó en la ciudad de Cartagena de Indias el 24 de julio de 1994.

En desarrollo de dicho acuerdo, se suscribió en mayo 21 de 1998 un Primer Protocolo que modifica las normas de origen e incluye por primera vez productos con preferencias arancelarias a favor de Colombia de carácter inmediato a partir del 1º de junio de 1998 y gradual (25% cada año) iniciando el primer 25% a partir del 1º de enero de 1999.

Este acuerdo fue incorporado a la legislación nacional colombiana. La vigencia del acuerdo es a partir del 1° de enero de 1995 mediante el Decreto Nº 2891 del día 30 de diciembre de 1994, y a partir del 1° de junio de 1998 y 1° de enero de 1999, mediante el Decreto N° 793 del 28 de mayo de 1998.

Son doce los países miembros de CARICOM que participan como Signatarios del AAP. Estos son: Trinidad y Tobago, Jamaica, Barbados, Guyana, Antigua y Barbuda, Belice, Dominica, Granada, Monserrat, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas.

Bahamas, está por fuera del Acuerdo Colombia - CARICOM por no participar en el Mercado Común de CARICOM y por el momento no se prevé su ingreso. Por otro lado, Surinam y Haití aún no están incluidos en este Acuerdo, pues su vinculación como miembros de CARICOM se produjo con posterioridad a estas negociaciones, y su adhesión no se ha definido hasta el momento y por lo tanto no son Signatarios del Acuerdo.

CARICOM en sus países más desarrollados signatarios del acuerdo puso en vigencia los compromisos de desgravación para Colombia a partir del 1° de junio de 1998 y 1º de enero de 1999. Estos países fueron: Jamaica, Trinidad y Tobago, Barbados y Guyana.

Los objetivos del AAP son: promover y expandir el comercio y la inversión, facilitar la creación de joint ventures regionales, desarrollar actividades de cooperación económica y promover actividades de intercambio entre los sectores privados de la región 
http://www.negociosenelhuila.com/documentosyguias/acuerdos_comerciales.pdf